Meteorología

El Gobierno aprueba el nuevo estatuto de la AEMET y María José Rallo cesa como presidenta

Gobierno aprueba nuevo estatuto AEMET y María José Rallo cesa como presidenta

El Consejo de Ministros aprobó el 7 de abril el nuevo Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), publicado en el BOE del 9 de abril mediante el Real Decreto 299/2026. En el mismo número del BOE se publicó también el Real Decreto 307/2026, por el que se dispone el cese a petición propia de María José Rallo del Olmo como presidenta de la agencia, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen Muñoz.

La actualización del estatuto responde a un doble objetivo: adaptar el marco normativo de AEMET a lo dispuesto en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, y reforzar su capacidad para afrontar los retos actuales en materia meteorológica y climática. Los estatutos anteriores databan del Real Decreto 186/2008. Desde entonces, los efectos del cambio climático han incrementado la complejidad de la prestación de los servicios meteorológicos y climáticos, lo que ha requerido una evolución en la organización de la agencia.

Los efectos del cambio climático han incrementado la complejidad de la prestación de los servicios meteorológicos y climáticos

El propio texto señala que se ha documentado un aumento en la frecuencia e intensidad de fenómenos meteorológicos extremos —olas de calor más largas, sequías, inundaciones, tormentas severas, subida del nivel del mar y deshielo acelerado de glaciares— y que la sociedad espera hoy un servicio meteorológico y climático de alta calidad. Para dar respuesta a este escenario, el nuevo estatuto prioriza la potenciación de los recursos de investigación, la mejora de las infraestructuras de observación, el perfeccionamiento de los modelos de predicción y el desarrollo del capital humano, así como la creación de servicios climáticos de alto valor añadido en colaboración con otros organismos que apoyen las iniciativas de adaptación al cambio climático de instituciones, comunidades autónomas, sectores económicos y empresas.

Separación entre funciones de gobierno y ejecutivas

La modificación de mayor alcance del nuevo estatuto es la separación entre las funciones de gobierno y las funciones ejecutivas de la agencia. La Presidencia, que corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, se configura como órgano de gobierno, mientras que la Dirección de la Agencia se establece como órgano ejecutivo, con rango de Dirección General, cuya persona titular será designada por el Consejo Rector a propuesta de la Presidencia. Es precisamente en este contexto de cambio organizativo en el que se produce el cese de Rallo del Olmo.

En cuanto a la estructura, de la Dirección de la Agencia dependerán cuatro direcciones funcionales: Producción Meteorológica y Ciencia Aplicada, Tecnología e Infraestructuras, Estrategia y Relaciones con Usuarios, y Administración. Esta reorganización supone, entre otros cambios, la división de la anterior Dirección de Producción e Infraestructuras en dos unidades diferenciadas y la sustitución de la Dirección de Planificación, Estrategia y Desarrollo Comercial por la nueva Dirección de Estrategia y Relaciones con Usuarios.

También se revisan las funciones del Consejo Rector y de la Comisión de Control, y se incorpora mención expresa a la evaluación del desempeño con consecuencias retributivas. El nuevo estatuto contempla además la apuesta por la transformación digital, la inteligencia artificial y el análisis de datos como herramientas para mejorar los servicios de la agencia y situarla en línea con las mejores prácticas europeas en observación y predicción meteorológica.

El estatuto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, es decir, el 10 de abril de 2026.

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